º. Créase el Comité Intersectorial de Cooperación Internacional, como la instancia de enlace y articulación de las entidades demandantes de cooperación internacional y oferentes potenciales de cooperación técnica, el cual estará adscrito al Departamento Nacional de Planeación e integrado por
El Jefe de la División Especial de Cooperación Técnica Internacional del Departamento Nacional de Planeación, quien lo presidirá;
Los Jefes de las Oficinas de Cooperación Técnica Internacional de los ministerios, o quienes hagan sus veces;
Los Jefes de las Oficinas de Cooperación Técnica Internacional de los Departamentos Administrativos, o quienes hagan sus veces; y
El Jefe de la Oficina de Cooperación Técnica de Colciencias.
La División Especial de Cooperación Técnica Internacional del Departamento Nacional de Planeación actuará como Secretaría Técnica del Comité.