Autorízase a las Comisiones de las Mesas Directivas de ambas Cámaras, hasta el quince (15) de diciembre de mil novecientos sesenta y nueve (1969), para que respectivamente por una sola vez y conforme a las apropiaciones presupuestales, determinen el personal al servicio del Congreso y su escalafón, fijen y distribuyan sus funciones, dispongan cuáles son los cargos que deben conservarse y cuáles suprimirse para el buen funcionamiento de la Rama Legislativa.
Ley 54 de 1968 →Vigente
Artículo 1
Ley 54 de 1968 · Sobre nombramientos, remoción, ascensos, estabilidad y asignaciones del personal de empleados del Congreso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.