Micelio

Artículo 16

Los Equinos Y/O Accesorios Con Destino Al Evento Ferial No Podrán Ingresar Al Recinto Ferial, Después De La Fecha Del Cierre Del Evento Al Cual Venían Destinados

Decreto 2518 de 1990 · por el cual se autoriza el funcionamiento de una Zona Franca Transitoria en el recinto de la Corporación de Ferias y Exposiciones de la ciudad de Cúcuta.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los equinos y/o accesorios con destino al evento ferial no podrán ingresar al recinto ferial, después de la fecha del cierre del evento al cual venían destinados. CAPITULO V Término para finalizar el régimen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2518 de 1990