Micelio

Artículo 2.2.1.3.4

Control De Las Oficinas Consulares Honorarias

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control de las Oficinas Consulares Honorarias. Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de carrera vigilarán de manera permanente el servicio brindado por las Oficinas Consulares Honorarias pertenecientes a su concurrencia y circunscripción, respectivamente, para que cumplan correctamente sus funciones y presten la debida asistencia en los términos contemplados en este capítulo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.1.3.4. Control de las oficinas consulares honorarias. Las Embajadas y Consulados de carrera vigilarán de manera permanente el servicio brindado por las Oficinas Consulares Honorarias pertenecientes a su circunscripción, para que cumplan correctamente sus funciones y presten la debida asistencia en los términos contemplados en este capítulo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015