Micelio

Artículo 9

El Instituto Nacional De Fomento Municipal, Por Medio De Su Interventoria Nacional Controlará Las Construcción De Obras De Fomento Municipal O De Servicio Público Que Ejecuten Los Gobernadores, Y Que Estén Comprendidas En Los Planes De Obras Que Trata El Artículo 1º De Este Decreto

Decreto 1404 de 1955 · Por el cual se reglamentan los Decretos números 2838 y 3699 de 1954, 0078 y 0079 de 1955

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Instituto Nacional de Fomento Municipal, por medio de su Interventoria Nacional controlará las construcción de obras de fomento municipal o de servicio público que ejecuten los Gobernadores, y que estén comprendidas en los planes de obras que trata el artículo 1º de este Decreto.

Parágrafo

En caso de contrato licitado, los interventores seccionales aprobarán el peligro de cargos respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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