Documentos que deberán ser adjuntados al formulario electrónico. Los documentos que deberán adjuntarse por las personas naturales al formulario electrónico para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos, son los siguientes:
1. Fotografía.
2. Copia del documento de identidad.
3. Relación de las jurisdicciones en las que estará en capacidad de actuar el aspirante, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 2.2.2.11.2.3. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
4. Declaración relativa a si se encuentra incurso en alguna situación que conlleve un conflicto de interés, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.2.11.2.14. y la sección 5 del capítulo 11 de los auxiliares de la justicia del régimen de insolvencia empresarial, del título 2, de la parte 2 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
5. Formato de autorización de consulta de antecedentes en relación con el comportamiento crediticio reportado por las centrales de riesgo, conforme a lo dispuesto en el numeral 12, artículo 2.2.2.11.3.1. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
6. Certificado de antecedentes profesionales expedido por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, cuando se trate de profesionales del derecho, la Junta Central de Contadores, cuando se trate de contadores, o de la entidad que haga sus veces, para las demás profesiones y disciplinas incluidas en la Resolución Única sobre Auxiliares de la Justicia No. 100- 013381 del 17 de noviembre de 2023, expedido con una antigüedad no superior a tres meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.15. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
7. Copia del título profesional y/o acta de grado correspondiente a alguna de las profesiones comprendidas en las áreas de ciencias económicas, administrativas, jurídicas, financieras, contables o de ingeniería, establecidas en la Resolución Única sobre Auxiliares de la Justicia No. 100-013381 del 17 de noviembre de 2023.
8. Registro, matrícula o tarjeta profesional, cuando la ley lo exija para el ejercicio de la respectiva profesión. RESOLUCION
9. Certificaciones de experiencia profesional que acrediten el cumplimento del requisito general dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.20. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 y los requisitos específicos para la inscripción en las distintas categorías establecidos en el artículo 2.2.2.11.2.21. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
10. Certificaciones que acrediten el sector o los sectores en los cuales tiene experiencia específica el aspirante, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 2.2.2.11.2.3. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
11. Formato de infraestructura técnica y administrativa que acredite el nivel al que pertenece la infraestructura del aspirante, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 2.2.2.11.2.3. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015. En el caso de las personas jurídicas, éstas deberán acreditar una única infraestructura, de acuerdo a las categorías a las que aspiren, independientemente del número de personas naturales que estén vinculadas a la misma.
12. Hojas de vida, diplomas y/o actas de grado, tarjetas profesionales y sus respectivos certificados de vigencia del grupo de profesionales y técnicos que le prestarán servicios en el desarrollo de sus funciones como auxiliar de la justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.2.11.2.14. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
13. Los demás documentos establecidos en el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1167 de 2023, incluidos los preceptos contenidos en el artículo 2.2.2.11.2.15. Las personas jurídicas deberán aportar los documentos descritos anteriormente por cada una de las personas naturales vinculadas a esta y, adicionalmente, deberán adjuntar:
1. Certificado de existencia y representación legal que demuestre la debida constitución y donde se refleje que su objeto social contempla como una de sus actividades, la de asesoría y consultoría en procesos de reorganización y liquidación de empresas e intervención.
2. Copia del documento de identidad del representante legal principal, quien representa a la persona jurídica y es responsable por la información presentada por parte de las personas naturales vinculadas a ésta.
3. Certificado expedido por el representante legal de la persona jurídica, donde se acredite el vínculo con las personas naturales vinculadas, que en su nombre desarrollarán las funciones de promotor, liquidador y/o agente interventor.
PARÁGRAFO PRIMERO. El aspirante no deberá enviar documentos adicionales o diferentes de los exigidos en el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, la Resolución Única sobre Auxiliares de la Justicia No. 100-013381 del 17 de noviembre de 2023, y la presente Resolución, para acreditar los requisitos de inscripción. Los documentos que no reúnan las condiciones anteriormente señaladas, no serán válidos, se entenderán por no recibidos y, en consecuencia, no serán objeto de evaluación dentro del proceso de verificación. Es responsabilidad exclusiva del aspirante, el cargue adecuado de los documentos en el formulario de inscripción, para que le sean tenidos en cuenta los criterios establecidos en la Resolución Única 100-013381 del 17 de noviembre de 2023, para la selección de los auxiliares de la justicia por medio del sistema automatizado. RESOLUCION
PARAGRAFO SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.7. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, las personas que conformen el grupo de profesionales y técnicos que le prestarán servicios al auxiliar de la justicia en el desarrollo de sus funciones no podrán estar inscritas en la lista de auxiliares de la justicia. CAPÍTULO III VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS ASPIRANTES