º Con base en los documentos a que se refiere el artículo anterior, la Oficina colombiana mencionada, procederá a cancelar el registro existente a favor del Fondo de Estabilización -Ley 39 de 1945-, en representación de la Nación, y hará la inscripción a favor del solicitante.
Artículo 3
Con Base En Los Documentos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, La Oficina Colombiana Mencionada, Procederá A Cancelar El Registro Existente A Favor Del Fondo De Estabilización -Ley 39 De 1945-, En Representación De La Nación, Y Hará La Inscripción A Favor Del Solicitante
Decreto 3109 de 1954 · Por el cual se dispone lo relativo a la manera como debe verificarse la cancelacion de la inscripcion y de los registro que hoy existen a favor del Estado colombiano, de marcas, patentes, digujos y modelos industriales y su traspaso a favor de personas alemanas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.