Los nuevos descubrimientos, invenciones, mejoras o perfeccionamientos en todos los ramos de la industria, confieren a sus autores el derecho exclusivo de explotación por el tiempo indicado en esta Ley, y en las condiciones que en ella se expresan:
Este derecho exclusivo de explotación en todo el territorio de la República, se justifica con títulos expedidos por el Gobierno Nacional, bajo el nombre de Patentes de invención, otorgados en la forma que esta misma Ley determina.