Micelio

Artículo 4

Modificar El Artículo 4° Del Decreto 300 De 1993, El Cual Quedará Así: “la Fuerza Pública Y Las Autoridades Que Ejerzan Funciones Del Policía Judicial, Deberán Solicitar A Los Transportadores La Factura, Orden Interna De Transferencia, Guía De Transporte O La Autorización De La Alcaldía, Y En El Evento En Que Éstos No La Porten, Deberán Inmovilizar Inmediatamente Los Vehículos Y Ponerlos A Disposición De Las Autoridades Judiciales Competentes”

Decreto 2113 de 1993 · por el cual se modifican y adicionan algunos artículos del Decreto 300 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modificar el artículo 4° del Decreto 300 de 1993, el cual quedará así: “La fuerza pública y las autoridades que ejerzan funciones del Policía Judicial, deberán solicitar a los transportadores la factura, orden interna de transferencia, guía de transporte o la autorización de la Alcaldía, y en el evento en que éstos no la porten, deberán inmovilizar inmediatamente los vehículos y ponerlos a disposición de las autoridades judiciales competentes”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2113 de 1993