Micelio

Artículo 4

Ley 170 de 1936 · por la cual se fomenta la construcción de casas y granjas familiares para empleados y obreros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la compañía subsidiaria que se establezca para los efectos de esta Ley, el Banco Central Hipotecario deberá poseer la mayoría de las acciones, con el fin de que el precio de las casas y granjas familiares se mantenga dentro de los limites económicos que correspondan a la función social encomendada al Banco, y de acuerdo con escala proporcional a los sueldos de los empleados y obreros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 170 de 1936