La Nación asumirá el sostenimiento del Colegio y el ensanche de sus dotaciones, de manera que asegure un servicio suficiente de enseñanza secundaria en la Intendencia del Caquetá, a precios accesibles para los hijos de familias pobres, urbanas y campesinas .
Ley 18 de 1966 →Vigente
Artículo 3
Ley 18 de 1966 · por la cual se nacionaliza un Colegio de segunda enseñanza en Florencia, Caquetá.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.