La Sala de Negocios Generales tiene, además, las siguientes atribuciones:
1º Decidir las competencias que en asuntos civiles se susciten entre los Tribunales de dos o mas Distritos Judiciales; entre un Tribunal de Distrito Judicial y uno Seccional Administrativo; entre un Tribunal y un Juzgado de otro Distrito Judicial; entre dos Juzgados de distintos Distritos Judiciales.
En las competencias que se susciten entre el consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia, la insistencia de esta ultima prevalece.
2º Conocer de los asuntos que correspondan a la Corte Suprema, por mandato de la Constitución o leyes especiales, no atribuidos a la Corte Plena o a las Salas de Casacion.