Además de los préstamos hechos con destino al fomento agrícola y ganadero, los bancos podrán realizar operaciones de crédito con destino al mejoramiento de la tierra, tales como desecaciones, drenajes, regadíos, etc. Estos préstamos tendrán un plazo no mayor de 5 años.
Decreto 166 de 1957 →Vigente
Artículo 10
Además De Los Préstamos Hechos Con Destino Al Fomento Agrícola Y Ganadero, Los Bancos Podrán Realizar Operaciones De Crédito Con Destino Al Mejoramiento De La Tierra, Tales Como Desecaciones, Drenajes, Regadíos, Etc
Decreto 166 de 1957 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre crédito agrario y ganadero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.