Micelio

Artículo 3

Ley 3 de 1951 · Por la cual la Nación se asocia al Centenario de Manizales y se decretan unas obras nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) como auxilio de la Nación para la propaganda, organización y desarrollo de los certámenes populares y demás actos que se lleven a cabo en la celebración del primer centenario de la fundación de Manizales.

El auxilio a que se refiere el presente artículo se entregará al Tesorero de la Junta del Centenario de Manizales.

Parágrafo

Se faculta al Gobierno para hacer dentro del Presupuesto de la actual vigencia, los traslados y operaciones fiscales que sean necesarios, para el pago oportuno de la suma a que se refiere el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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