Toda persona residente fuera del territorio, que fuere llevada a prestar sus servicios como empleado de la Intendencia tendrá derecho a que se le reconozca el valor del transporte previa presentación de la cuenta y comprobantes respectivos, acompañados de copia del decreto de nombramiento, copia del acta de posesión y constancia de que ha ejercido el cargo por lo menos un mes.
Por concepto de transporte, para este caso, el máximo que podrá reconocerse será de $ 250.00.
Hasta por igual suma se reconocerá el valor del transporte de regreso, pero solo cuando la persona haya prestado sus servicios por un tiempo no inferior a seis (6) meses y su salida del cargo no haya sido originada en causal de mala conducta.
Por un tiempo inferior a seis (6) meses, solo se reconocerá el pasaje de regreso en caso de una enfermedad grave, debidamente comprobada que exija la salida del territorio.