Decreto 356 de 1951 · Por el cual se reforma la Enseñanza Comercial para todo el territorio de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo trigésimo. La Escuela Nacional de Comercio tendrá el carácter de Facultad Nacional de Contaduría y Ciencias Económicas, para todo lo relativo a la organización y funcionamiento del curso de Contador Público Juramentado y de los de especialización para técnicos en comercio.
Parágrafo
El Rector de dicha Escuela será Asesor Técnico de Enseñanza Comercial en todo lo relacionado con la organización, orientación y consulta en esta rama de estudios.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.