Micelio

Artículo 30

Decreto 356 de 1951 · Por el cual se reforma la Enseñanza Comercial para todo el territorio de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo trigésimo. La Escuela Nacional de Comercio tendrá el carácter de Facultad Nacional de Contaduría y Ciencias Económicas, para todo lo relativo a la organización y funcionamiento del curso de Contador Público Juramentado y de los de especialización para técnicos en comercio.

Parágrafo

El Rector de dicha Escuela será Asesor Técnico de Enseñanza Comercial en todo lo relacionado con la organización, orientación y consulta en esta rama de estudios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 356 de 1951