En La Universidad Existirá Una Comisión De Personal Que Funcionará De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por El Decreto 2045 De 1969, Integrada Por El Síndico Administrador, El Jefe De- La Oficina Jurídica Y Un Representante Elegido Por Los Empleados
Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
En la Universidad existirá una Comisión de Personal que funcionará de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 2045 de 1969, integrada por el Síndico Administrador, el Jefe de- la Oficina Jurídica y un representante elegido por los empleados. Actuará como Secretario, el Jefe de la Unidad de Personal.
Parágrafo 1
La integración de la Comisión de Personal deberá ser modificada para que en ningún caso sus miembros juzguen a empleados de superior jerarquía.
Parágrafo 2
De las deliberaciones y recomendaciones de la Comisión se dejará constancia escrita y a sus reuniones podrán ser llamados los funcionarios que estén en condiciones de aportar elementos de juicio relacionados con los asuntos materia de su estudio.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.