Micelio

Artículo 1

Objeto

Ley 2605 de 2026 · Por medio de la cual se establece la capacitación obligatoria en violencias contra las mujeres y enfoque de género a los servidores públicos, particulares que desempeñen funciones públicas y contratistas de entidades públicas involucrados en la prevención, atención, protección y sanción de estas violencias - Ley Jineth Bedoya Lima.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presente ley tiene por objeto dar cumplimiento a las medidas de no repetición ordenadas en la Sentencia "Bedoya Lima y Otra vs. Colombia", en su punto resolutivo 14, proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 26 de agosto de 2021, que ordena la creación de un plan de capacitación y sensibilización para identificar actos y manifestaciones de violencia contra las mujeres.

Con tal propósito, la presente ley busca garantizar la adecuada ejecución de procesos de capacitación y formación periódica, verificable y especializada en enfoque de género, atención integral, estándares de no revictimización y violencias contra las mujeres, dirigidos a todos los servidores públicos, particulares que ejerzan funciones públicas y contratistas vinculados a las diversas autoridades públicas, judiciales y administrativas, que formen parte y desempeñen labores en prevención, atención, protección, investigación y sanción de violencias contra las mujeres.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2605 de 2026