Es entendido que la Nación al hacer los pagos indicados, a través de las Empresas Municipales de Cali, tendrán en cuenta previamente, los estudios, planos y presupuestos de desarrollo de las obras a que se refiere esta Ley los cuales deben estar debidamente aprobados por la Oficina de Planeación de dicha ciudad o por quien haga sus veces, de acuerdo con las reglamentaciones legales sobre la materia.
Ley 163 de 1963 →Vigente
Artículo 5
Ley 163 de 1963 · por la cual se decreta un auxilio especial a una entidad de vivienda en la ciudad de Cali, Departamento del Valle, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.