Micelio

Artículo 2

Ley 20 de 1883 · Por la cual se reconoce el derecho de descapitalizar dos pensiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2°. Desde 1.° de Septiembre próximo el Coronel Pablo y el Teniente-coronel Praxedis Bermúdez, inválidos de la guerra colombiana, disfrutarán de las pensiones que antes tenían asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1883