Micelio

Artículo 3

Monto Máximo A Subsidiar

Decreto 2195 de 2013 · por el cual se establece el otorgamiento de Subsidios al Consumo de GLP distribuido por cilindros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Monto máximo a subsidiar. El monto máximo a subsidiar por usuario será un porcentaje del costo del consumo básico o de subsistencia definido por la UPME que no podrá superar el 50% para el estrato 1 y el 40% para el estrato 2. La asignación de estos subsidios quedará condicionada a la disponibilidad presupuestal existente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2195 de 2013