Micelio

Artículo 19

Funciones De La Dirección General De Salud Pública

Decreto 205 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección General de Salud Pública . Son funciones de la Dirección General de Salud Pública las siguientes

1.

Definir políticas, planes, programas y procedimientos para la prevención, detección e intervención de los riesgos para la salud y la generación de factores protectores que conlleven un mejoramiento de la calidad de vida y promuevan la salud.

2.

Establecer estrategias para prevenir, detectar e intervenir los riesgos que conducen a lesiones y enfermedades de origen común, ambientales y psicosociales que afectan a las personas o a las comunidades.

3.

Formular, proponer las políticas, planes, programas, proyectos y normas en materia de salud pública y psicosocial en todos sus aspectos, para reducir y mitigar los riesgos que inciden sobre la salud y la calidad de vida.

4.

Dirigir la evaluación, seguimiento, asistencia, asesoría y control de gestión de las entidades territoriales en relación con el Plan de Atención Básica - PAB - y el Sistema de Vigilancia en Salud Pública.

5.

Establecer y determinar los factores de riesgo que inciden en la salud y la calidad de vida.

6.

Desarrollar las políticas, los programas y los proyectos tendientes a la protección de la salud para prevenir, detectar e intervenir los riesgos del ambiente, físicos, químicos y de consumo que afectan la salud y la calidad de vida.

7.

Coordinar y orientar el Sistema de Vigilancia en salud pública y de control de enfermedades de obligatorio registro.

8.

Dirigir y desarrollar, en forma articulada con las entidades territoriales, las Entidades Promotoras de Salud y las Administradoras del Régimen Subsidiado, la evaluación, seguimiento, asistencia, asesoría y control de gestión de las acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad y de otras de interés en salud pública, contenidas en los planes Obligatorios de Salud - POS - de los regímenes contributivo y subsidiado.

9.

Desarrollar las políticas y normas relacionadas con la salud sexual y reproductiva.

10.

Dirigir, vigilar y controlar las acciones que en materia de prevención y control de enfermedades y vigilancia en salud pública ejecuten las entidades del sector y del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

11.

Emitir concepto toxicólogo sobre clasificación toxicóloga y evaluación del riesgo de toxicidad de los productos que vayan a ser utilizados en el país.

12.

Proponer, desarrollar, ejecutar y apoyar proyectos o labores de control e investigación de problemas de salud pública en el país, en coordinación con las instituciones involucradas.

13.

Dirigir los programas de control de enfermedades, en coordinación con los institutos del orden nacional y de otras entidades públicas y privadas.

14.

Desarrollar y mantener estrategias que permitan el suministro oportuno de los productos biológicos necesarios para la ejecución del Programa Ampliado de Inmunizaciones y el control de enfermedades de importancia para la salud pública.

15.

Coordinar, evaluar y controlar las acciones que en materia de vigilancia sanitaria y control de calidad ejecute el INVIMA.

16.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 205 de 2003