Estructuración de las plantas de empleos de carácter temporal. Para la creación de las plantas de empleos de carácter temporal, las Empresas Sociales del Estado deberán elaborar la justificación técnica y financiera, siguiendo los lineamientos indicados en la Guía elaborada por el Departamento Administrativo de la Función Pública para el efecto.
El estudio o justificación técnica y financiera deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:
Identificación de la entidad.
Análisis de la organización.
Análisis financiero y la viabilidad presupuestal.
Análisis de los servicios a prestar.
Análisis del personal requerido para el cumplimiento de la función, actividad o proyectos a desarrollar, teniendo en cuenta los compromisos surgidos por la venta de servicios.
Proyecto de Manual de Funciones y de Competencias requerido para el desempeño del empleo.
(Decreto 1376 de 2014, artículo 3°)