Micelio

Artículo 293

En Los Procesos Penales Militares Nadie Podrá Ser Obligado A Declarar Contra Sí Mismo O Contra Sus Parientes Dentro Del Cuarto Grado Civil De Consanguinidad O Segundo De Afinidad

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los procesos penales militares nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra sus parientes dentro del cuarto grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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