La Comisión de Presupuesto discute y vota el proyecto dentro del término de quince días, en esta forma:
No se discute el texto mismo del presentado por el Gobierno, sino los créditos adicionales y los contracréditos que propongan los Senadores y Representantes o los Ministros del Despacho.
Cuando no se quiera suprimir o alterar una partida, sino únicamente prescribir alguna condición o variar el motivo, se pueda proponer una modificación, en los términos autorizados por el Reglamento de la Cámara plena, respecto de la discusión de los proyectos de ley en segundo debate.