Micelio

Artículo 11

Ley 7 de 1916 · Sobre formación, discusión y expedición de los Presupuestos Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Comisión de Presupuesto discute y vota el proyecto dentro del término de quince días, en esta forma:

a)

No se discute el texto mismo del presentado por el Gobierno, sino los créditos adicionales y los contracréditos que propongan los Senadores y Representantes o los Ministros del Despacho.

b)

Cuando no se quiera suprimir o alterar una partida, sino únicamente prescribir alguna condición o variar el motivo, se pueda proponer una modificación, en los términos autorizados por el Reglamento de la Cámara plena, respecto de la discusión de los proyectos de ley en segundo debate.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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