Micelio

Artículo 10

Decreto 2145 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 10 . Oficina de Comunicaciones. - Corresponde a la Oficina de Comunicaciones el ejercicio de las siguientes funciones

1.

Asesorar al Ministro en todo lo referente a la imagen institucional y actividades divulgativas;

2.

Colaborar en la coordinación y producción de todas las actividades de índole divulgativa;

3.

Elaborar cronogramas y diagramas de flujo para la producción de materiales de prensa;

4.

Diseñar esquemas de los diversos géneros de información para todos los medios;

5.

Diseñar boletines y servicios informativos en forma periódica;

6.

Actualizar ficheros de periodistas y medios de prensa y registrar en ellos los despachos periódicos así como mantener el listado de las fuentes informativas;

7.

Seleccionar datos e información pública de interés para la entidad y hacerlos conocer internamente;

8.

Elaborar y orientar, en coordinación con las dependencias del Ministerio, un programa anual de publicaciones y dirigir su ejecución;

9.

Diseñar y proponer la política sectorial para el manejo de los programas de divulgación, en coordinación con las entidades adscritas y vinculadas;

10.

Coordinar y evaluar los programas de divulgación de los organismos y entidades del sector;

11.

Coordinar todo lo pertinente al Centro de Documentación y apoyar y alimentar el Centro Nacional de Documentación e Información del Sector Público;

12.

Programar y coordinar eventos especiales como congresos, seminarios, foros, internos y externos;

13.

Clasificar textos, ilustraciones, normas pertinentes al área y bibliografía de consulta;

14.

Responder por el archivo de audio, vídeo e impresos;

15.

Presentar a consideración de su superior inmediato, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia, en el año inmediatamente siguiente, y

16.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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