Micelio

Artículo 2

El Alumno Becado Que En Los Exámenes Del Segundo Año Obtenga En Sus Calificaciones Un Término Medio De Ocho (8), Que Equivale A Muy Bueno, Quedará Con Derecho A Ingresar Al Primer Año Del Curso Superior De La Escuela, O Sea Al Curso De Estado Mayor, Si, Por Otra Parte Reúne Los Requisitos Reglamentarios Que Para Ello Se Requieren

Decreto 138 de 1917 · Por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 26 del año próximo pasado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El alumno becado que en los exámenes del segundo año obtenga en sus calificaciones un término medio de ocho (8), que equivale a muy bueno, quedará con derecho a ingresar al primer año del Curso Superior de la Escuela, o sea al Curso de Estado Mayor, si, por otra parte reúne los requisitos reglamentarios que para ello se requieren.

Parágrafo

Para el cómputo de que tratan estos artículos se tomaran en cuenta únicamente las calificaciones obtenidas en las materias de enseñanza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 138 de 1917