º Los TAN Clase "A" que se expidan conforme al artículo 1º de este Decreto y los que sean colocados para mantener en circulación los cupos autorizados por el Decreto legislativo 382 de 1983 y las Leyes 34 de 1984, 55 de 1985, 7º. de 1986 y 43 de 1987, tendrán las características señaladas en los artículos 3º y 5º del Decreto 2787 de 1984, con las siguientes modificaciones: - Plazo: 3, 6, 9 y 12 meses. -No tendrán liquidez primaria, y -La tasa de interés para cada plazo será la que defina el Comité que se crea en el artículo 8º de este Decreto consultando las condiciones fiscales y de mercado.
Decreto 1859 de 1988 →Vigente
Artículo 4
º Los Tan Clase "a" Que Se Expidan Conforme Al Artículo 1º De Este Decreto Y Los Que Sean Colocados Para Mantener En Circulación Los Cupos Autorizados Por El Decreto Legislativo 382 De 1983 Y Las Leyes 34 De 1984, 55 De 1985, 7º
Decreto 1859 de 1988 · Por el cual se ordena emitir Títulos de Ahorro Nacionales y se modifican algunas de sus condiciones financieras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.