Micelio

Artículo 11

Los Derechos Fijados En Esta Tarifa, Podrán Aumentarse Proporcionalmente Y Por El Tiempo Que Fuere Necesario, A Juicio Del Administrador De La Aduana, Cuando El Alza De Los Salarios De Los Braceros U Otras Causas Imprevistas Así Lo Exijan

Decreto 1084 de 1925 · Por el cual se reglamenta la administración del muelle de Buenaventura y se fija la tarifa para los servicios del mismo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los derechos fijados en esta tarifa, podrán aumentarse proporcionalmente y por el tiempo que fuere necesario, a juicio del Administrador de la Aduana, cuando el alza de los salarios de los braceros u otras causas imprevistas así lo exijan. La Resolución que decrete el aumento será sometida a la aprobación previa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1084 de 1925