Micelio

Artículo 24

Señálase Para Los Exámenes Y Procedimientos De Nefrología Y Urología (23), Las Siguientes Tarifas: 23101 Cistometrograma $ 3

Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Señálase para los exámenes y procedimientos de Nefrología y Urología (23), las siguientes tarifas: 23101 Cistometrograma $ 3.615 23102 Estudio completo de impotencia (Incluye: Falodinamía y estudio vascular) 33.185 23103 Cistometría 2.645 23104 Uroflujometría 1.770 23105 Electromiografía esfinteriana 1.330 23106 Bloqueo de nervios pudendos 3.015 23107 Esfinteromanometría 3.015 23108 Perfil de presión uretral 2.860 23109 Estudio de urodinamia standard (uroflujometría, electromiografía esfinteriana y cistometría) 5.740 23110 Estudio de urodinamia con test de fentolamina 17.440 23111 Estudio de urodinamia con test de betanecol 6.850 23112 Estudio de urodinamia con test de diazepán 6.035 23113 Estudio de urodinamia con test de probantine 6.850 23114 Perfil de presión uretral con test de denervación uretral 2.935 23115 Aspiración vesical suprapúbica 3.940 23116 Cateterismo vesical 1.745 23117 Instilación vesical 3.230 23118 Litotricia extracorpórea para cálculos complejos (coraliformes). Costo tratamiento integral 570.960 23119 Litotricia extracorpórea para cálculos simples (piélico, calicial y ureteral único) Costo tratamiento integral 475.800

Parágrafo 1

Las tarifas incluyen además de los componentes determinados en el artículo 115 de este Acuerdo, la droga necesaria para su práctica.

Parágrafo 2

El tratamiento integral de litotricia extracorpórea comprende los siguientes conceptos: servicio de los profesionales especialistas y del personal técnico que interviene en la realización del procedimiento; consulta pre y post tratamiento inmediato; consulta de urgencias si el caso lo requiere; práctica del procedimiento; servicio de anestesiología en pacientes que lo ameriten; cistoscopia y cateterismo ureteral cuando en la realización del procedimiento sea necesaria; derechos de sala con los componentes determinados en el artículo 54 de este Acuerdo; sondas de Foley y de Nelaton, catéteres ureterales simples y cystoflo; servicio de recuperación; estudios radiológicos de abdomen pre y post tratamiento y los que posteriormente pueda requerir el paciente hasta que sea dado de alta. Cuando se requiera el uso de medios de contraste y catéteres doble J, el Instituto los pagará al valor de adquisición por el contratista. En litiasis bilateral, por el procedimiento en el riñón contralateral, se pagará una tarifa equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la establecida en este articulo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2747 de 1989