Corresponde a la División de Asistencia a la Rama Jurisdiccional:
a) Cumplir las funciones que para la administración de la carrera judicial señala al Ministerio el decreto 250 de 1970 y las demás disposiciones legales y reglamentarias.
b) colaborar con el fondo rotatorio en el suministro a la rama jurisdiccional de los locales, dotaciones y elementos que requiera para desarrollar sus actividades;
c) Cumplir las funciones que con relación a la profesión de abogado le señalen las disposiciones vigentes y el ministerio de justicia.
d) proyectar los reconocimientos por servicios personales, vacaciones en dinero y primas de capacitación y ascensional a los funcionarios y empleados de la rama jurisdiccional; y
e) atender la secretaría del consejo superior de la administración de justicia y la del consejo consultivo de la profesión de abogado.