Ley 72 de 1985 · Por la cual la Nación rinde honores al Conquistador Juan de Ampudia, con motivo de cumplirse en el año de 1986, 450 años de la fundación de Jamundí, Valle, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Autorízase a la Asamblea Departamental del Valle del Cauca, para ordenar la puesta en circulación de una estampilla de correo alusiva a este acontecimiento, que llevará la efigie del Cacique Jamundí y del Fundador don Juan de Ampudia.
Parágrafo
Lo producido por la emisión de la estampilla prevista en el presente artículo se manejará en cuenta especial en la Tesorería Municipal de Jamundí, con destino exclusivo a financiar parte de las obras aquí previstas, de acuerdo con la prelación que establezca el Gobierno Municipal y la Junta Promotora del Aniversario.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.