En lugar señalado por el Consejo de Antioquia se levantara un monumento a la memoria de Pedro Antonio Restrepo Escobar, fundador de la población, con la siguiente leyenda: "A Pedro Antonio Restrepo Escobar, fundador de Andes-El Congreso de la República", y debajo las faustas fechas: "1852-Marzo 13-1952".
Ley 57 de 1948 →Vigente
Artículo 2
Ley 57 de 1948 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación de Andes (Antioquia)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.