De acuerdo con el artículo 5º del Decreto 3135 de 1968 las personas que presten sus servicios en el Banco son trabajadores oficiales. El Gerente en razón de las funciones que desempeña, tiene la calidad de empleado público. CAPITULO VI Balance, utilidades, fondo de reserva.
Decreto 886 de 1969 →Vigente
Artículo 26
De Acuerdo Con El Artículo 5º Del Decreto 3135 De 1968 Las Personas Que Presten Sus Servicios En El Banco Son Trabajadores Oficiales
Decreto 886 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Banco Cafetero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.