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Artículo 27

Funciones De La Dirección De Desarrollo De Talento Humano En Salud

Decreto 120 de 2026 · por el cual se establece la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Desarrollo de Talento Humano en Salud . Son funciones de la Dirección de Desarrollo de Talento Humano en Salud las siguientes

1.

Dirigir la formulación, implementación, actualización y evaluación de las políticas y las normas de formación integral del talento humano en salud, de acuerdo con el análisis de la situación de salud de la población, la dinámica del mercado laboral y educativo y las prioridades del Gobierno Nacional, en coordinación con las entidades competentes.

2.

Dirigir la formulación, implementación, actualización y evaluación de las políticas y las normas del ejercicio y el desempeño del talento humano en salud.

3.

Dirigir la realización de estudios que permitan la formulación, implementación, actualización y evaluación de las diferentes estrategias y acciones de la política de talento humano en salud.

4.

Desarrollar acciones para la generación, difusión, análisis y acceso a la información sobre las diferentes estrategias y acciones de la política de talento humano en salud.

5.

Administrar el Observatorio de Talento Humano en Salud, garantizando la disponibilidad de información y conocimiento para la formulación, gestión y evaluación de la política pública de Talento Humano en Salud a nivel nacional y departamental, e integrando el monitoreo continuo de los cambios y tendencias globales y regionales en el sector.

6.

Establecer e implementar, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional y otros actores, los lineamientos para el desarrollo y evaluación de la relación docencia servicio y el mejoramiento de la calidad y pertinencia de los programas de formación del área de la salud.

7.

Dirigir la realización de estudios que permitan la formulación, implementación, actualización y evaluación de las diferentes estrategias y acciones de la política de talento humano en salud.

8.

Diseñar estrategias para el desarrollo de incentivos para mejorar la distribución y retención del talento humano en salud incluyendo entre otras las regiones de difícil acceso.

9.

Desarrollar los mecanismos para la definición y actualización de las competencias del talento humano en salud, en coordinación con las entidades y actores competentes.

10.

Proponer sistemas de evaluación del desempeño y de las competencias del talento humano en salud, en coordinación con las entidades y actores competentes.

11.

Evaluar la pertinencia de los nuevos programas de educación superior del área de la salud.

12.

Establecer y participar en la implementación de los criterios para definir la oferta, aprobación y asignación de cupos de prácticas formativas del talento humano en salud.

13.

Formular y participar en la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos para la formación continua del talento humano en salud.

14.

Dirigir el Servicio Social obligatorio de las profesiones de la salud.

15.

Liderar el diseño e implementación del marco normativo y técnico para el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS), asegurando su operación óptima, la estandarización de procesos y la integridad de la información.

16.

Impulsar la optimización y mejoramiento del ReTHUS a través de la innovación permanente y la integración de nuevas tecnologías de la información orientadas a brindar una mayor eficiencia y calidad en la gestión de datos.

17.

Definir los lineamientos normativo y técnicos que permitan la gestión, operación, gestión de información y financiación del Sistema Nacional de Residencias, así como el seguimiento para garantizar el cumplimiento de los derechos y condiciones de los médicos residentes.

18.

Ejercer la secretaría técnica de la mesa funcional de medicinas y terapias alternativas y complementarias del Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con las normas vigentes.

19.

Dirigir el funcionamiento, actualización, monitoreo y seguimiento del Sistema Nacional de Formación Continua del Talento Humano en Salud, así como su articulación con los procesos de educación, ejercicio, desempeño y gestión de la información, de acuerdo con el marco normativo vigente.

20.

Liderar la regulación, planificación y definición de las condiciones básicas y estándares de calidad de la formación continua del talento humano en salud, para responder al análisis situacional de salud de la población en los territorios en función de la situación epidemiológica, sociosanitaria y de las redes integradas de servicios de salud, con énfasis en la atención primaria en salud, integral, familiar, comunitaria, preventiva, predictiva y resolutiva.

21.

Liderar la articulación de estrategias de formación integral del Talento Humano en Salud con énfasis en Atención Primaria en Salud (APS) y Educación Interprofesional y Práctica Colaborativa en Salud (EIP), para la atención integral, familiar, comunitaria, preventiva, predictiva, resolutiva y especializada, en función del análisis situacional de salud de la población y las prácticas de humanización de los servicios de salud en los territorios.

22.

Liderar el fortalecimiento y ampliación de los escenarios de práctica formativa, como parte de la línea estratégica de formación del THS de la Política Pública Nacional de THS en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional y demás actores del sector educativo y sector salud.

23.

Ejercer la secretaría técnica de la Comisión Intersectorial del Talento Humano en Salud CITHS y de sus grupos técnicos de apoyo en educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano del área de la salud.

24.

Liderar la actualización de los perfiles y competencias de los auxiliares del área de salud y su aplicación en los procesos de educación para el trabajo y el desarrollo humano del área de la salud, así como el fortalecimiento de la calidad y pertinencia de la formación en coordinación con las entidades correspondientes.

25.

Liderar la gestión intersectorial requerida para la formación de promotores en salud a través del trámite de programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en salud, así como la gestión intersectorial para el desarrollo de acciones de formación dirigidas a los integrantes de los equipos de salud requeridos en la implementación del modelo de salud predictivo, preventivo y resolutivo.

26.

Dirigir la consolidación e implementación de lineamientos para la articulación del enfoque intercultural, derechos humanos, genero, discapacidad, curso de vida, salud familiar y comunitaria, y todas las perspectivas diferenciales poblacionales y territoriales, en la formación del talento humano en salud, incluyendo coordinación con grupos étnicos, campesinos, entre otros.

27.

Consolidar el Servicio Social Obligatorio para los profesionales de la salud sujetos al mismo, a fin de facilitar la prestación de sus servicios en zonas o poblaciones específicas y garantizar la presencia de personal de salud en los territorios más necesitados de estos servicios.

28.

Diseñar estrategias para el desarrollo de incentivos para mejorar la distribución y retención del talento humano en salud incluyendo entre otras las regiones de difícil acceso.

29.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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