º . Con el fin de contribuir al desarrollo económico en los países Centroamericanos y del área del Caribe, los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Defensa Nacional y de Desarrollo Económico, el Departamento Nacional de Planeación, el Instituto Colombiano de Comercio Exterior - INCOMEX-, el Instituto Colombiana de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el exterior -ICETEX-, el Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, el Fondo de Promoción de Exportaciones -PROEXPO-, la Corporación Nacional de Turismo y los Bancos Popular y Cafetero, estructurarán y adelantarán conjunta, o separadamente, de acuerdo con sus normas orgánicas y estatutarias, programas de asistencia técnica y cooperación económica para los países a que se refiere el presente artículo.
Decreto 2157 de 1982 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2157 de 1982 · por el cual se adopta medidas para la integración de Colombia con los países centroamericanos y del Caribe.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.