ARTICULO 40 . Evaluación de la trayectoria profesional. Tienen derecho a presentar exámenes de admisión para ingresar al curso de que trata el artículo anterior, los oficiales en el grado de mayor, seleccionados con base en su trayectoria profesional, evaluación que debe realizar el Comité de Ascenso de oficiales superiores, con la aprobación de la Junta Asesora de la Dirección General de la Policía Nacional.
Decreto 41 de 1994 →Vigente
Artículo 40
Decreto 41 de 1994 · Por el cual se modifican las normas de carrera del personal de oficiales y suboficiales de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.