Micelio

Artículo 25

Decreto 2241 de 1993 · por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros, y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 25 . La visa de residente podrá otorgarse en consideración al ejercicio de alguna de las actividades descritas a continuación, en las categorías así mismo señaladas

a)

Inversionista, para quien aporte capital en los montos que establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores;

b)

Profesional o técnico, para quien pretenda desarrollar por cuenta propia, actividades que se consideren de interés para el país;

c)

Rentista o pensionado, para quien perciba ingresos provenientes del exterior o rentas en Colombia, que sean suficientes para garantizar su subsistencia y la de sus dependientes;

d)

Familiar de nacional colombiano, para los padres, hijos y cónyuge o compañero (a) permanente de un ciudadano colombiano;

e)

Refugiado o asilado, para quienes sean calificados como tales por el Ministerio de Relaciones Exteriores;

f)

Religioso, para integrante de congregaciones religiosas que vengan a desarrollar, de manera permanente, actividades propias de su culto;

g)

Periodista, para quienes vengan al país a ejercer su profesión de manera permanente y sean acreditados por los medios de comunicación;

h)

Especial, para quienes pretendan ingresar al país a desarrollar actividades no contempladas en los literales anteriores y que sean consideradas de interés por el Ministerio de Relaciones Exteriores;

i)

Inmigrante, a quienes hayan sido titulares de visa de inmigrante por más de cinco (5) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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