Estudio de la comisión y primer debate . El mismo día en que sea presentado a la Asamblea el proyecto de ordenanza de presupuesto, se pasará a la Comisión respectiva para que lo estudie en su aspecto legal y numérico, y rinda el informe correspondiente antes del día 15 de octubre, para que se someta a primer debate o sea devuelto al Gobierno según el caso. Si vencido el término fijado en el presente artículo, la Comisión no hubiere rendido informe, el Presidente de la Asamblea someterá al primer debate el proyecto presentado por el Gobierno.
Decreto 2407 de 1981 →Vigente
Artículo 42
Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.