°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el presente decreto, se efectuará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su publicación, conforme con las normas sobre la materia. Los funcionarios vinculados a la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, continuarán percibiendo la remuneración correspondiente hasta tanto tomen posesión del nuevo cargo de que trata el artículo 1° del presente decreto.
Decreto 477 de 1998 →Vigente
Artículo 3
La Incorporación De Los Empleados A La Planta De Personal Establecida En El Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los 30 Días Siguientes A La Fecha De Su Publicación, Conforme Con Las Normas Sobre La Materia
Decreto 477 de 1998 · por el cual se modifica la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas del Ministerio de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.