° Este Decreto rige a partir de la fecha, deroga los decretos-leyes que le sean contrarios, y suspende las leyes que pugnen en él. Comuníquese y publíquese.
Decreto 461 de 1956 →Vigente
Artículo 14
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha, Deroga Los Decretos-Leyes Que Le Sean Contrarios, Y Suspende Las Leyes Que Pugnen En Él
Decreto 461 de 1956 · Por el cual se aumenta el capital de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y se incorpora a ella el Instituto de Colonización e Inmigración
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.