Micelio

Artículo 8

Decreto 736 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Colombiano Agropecuario-ICA

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Atribuciones especiales. Para el cumplimiento de los fines propios y en su carácter de persona jurídica, el Instituto podrá llevar a cabo toda clase de actos, celebrar contratos, adquirir, poseer o enajenar cualquier clase de bienes, administrarlos, poner limitaciones a su dominio, aceptar o rechazar donaciones y herencias, y en general, obrar como sujeto capaz de toda clase de derechos y obligaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 736 de 1969