El extranjero admitido como rentista o pensionado no podrá ejercer actividades remuneradas por cuenta propia o en relación de dependencia, a menos que fuere autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, previo concepto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o preste servicios al Estado o entidades oficiales en materia de su especialización.
Decreto 2268 de 1995 →Vigente
Artículo 35
Decreto 2268 de 1995 · por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.