Micelio

Artículo 2

Decreto 799 de 1951 · Por el cual se dictan algunas normas para la ejecución del Presupuesto

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los Ministros y los Jefes de Departamentos Administrativos enviarán a la Dirección del Presupuesto sus pedidos de partidas para incluír en los Acuerdos Mensuales de Ordenación, antes del 25 de cada mes, a efecto de que dichos Acuerdos puedan ser preparados por el Ministerio de Hacienda antes de que empiece el mes para el cual van a regir.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 799 de 1951