Micelio

Artículo 4

Restablécese La Registraduría De Instrumentos Públicos Y Privados De La Comisaría Especial Del Putumayo, Con Residencia En Su Capital (Mocoa), Y Cuyo Circuito Comprende El Territorio De La Comisaría

Decreto 1473 de 1952 · Se destina una partida para auxiliar a los damnificados del corregimiento de puerto asís

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Restablécese la Registraduría de Instrumentos Públicos y Privados de la Comisaría Especial del Putumayo, con residencia en su capital (Mocoa), y cuyo Circuito comprende el territorio de la Comisaría. El Registrador será designado por el Gobernador de Nariño, de terna que le enviará el honorable Tribunal Superior de Pasto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1473 de 1952