PERDIDA ANATOMICA O FUNCIONAL DE UN ORGANO O MIEMBRO. Si el daño consistiere en la pérdida de la función de un órgano o miembro, la pena será prisión de cuatro (4) a diez (10) años y multa de diez mil a cincuenta mil pesos. La pena anterior se aumentará hasta en una tercera parte, en caso de pérdida anatómica del órgano o miembro.
Decreto 2550 de 1988 →Vigente
Artículo 271
Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.