º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo segundo del Decreto 2811 de 1980, la nota referente al gravamen diferencial establecido en el artículo 5º del Decreto 3025 de 1985 para la posición 84.19.02.00 y las demás normas que le sean contrarias.
Decreto 728 de 1988 →Vigente
Artículo 4
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Artículo Segundo Del Decreto 2811 De 1980, La Nota Referente Al Gravamen Diferencial Establecido En El Artículo 5º Del Decreto 3025 De 1985 Para La Posición 84
Decreto 728 de 1988 · Por el cual se introduce algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.