° Con baso en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Deuda Pública Nacional. CAPITULO 301. DIVISION DE CREDITO PUBLICO Programa 364.-Legalizacion de entrega de pagarés. (Recursos del Crédito Interno). Artículo 3120. Para legalizar la entrega de los pagarés expedidos a favor del Pondo de Estabilización, para el arreglo de la deuda comercial externa, de conformidad con las autorizaciones de los Decretos números 88 de 1958 y 2241 de 1960, las estipulaciones del contrato celebrado entre el Gobierno Nacional y el referido Fondo, el 25 de febrero de 1966 $ 208.185.499.30 Suma el crédito $ 208.185.499.30
Decreto 438 de 1967 →Vigente
Artículo 2
Con Baso En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 438 de 1967 · por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para al vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional), por $ 208.185.499.30.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.