Decreto 3316 de 1979 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 003 de noviembre 11 de 1979, expedido por el Consejo Intendencial del Casanare, sobre Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia, para el período fiscal de 1980
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión, sólo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia, en la que se ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el termino de la misma y el valor de los viáticos correspondientes. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo
, No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos da transporte,
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.