Micelio

Artículo 12

Subdirección De Archivos De Entidades Liquidadas

Decreto 158 de 2022 · por el cual se establece la estructura del Archivo General de la Nación y se determinan las funciones de las diferentes dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Archivos de Entidades Liquidadas . Son funciones de la Subdirección de Archivos de Entidades Liquidadas, las siguientes

1.

Orientar el diseño e implementación de estrategias y procedimientos para la ad­ministración, custodia, seguridad, reserva, conservación y preservación de los archivos de las entidades liquidadas y/o encomendados al Archivo General de la Nación según la legislación y normativa.

2.

Definir e implementar protocolos y procesos técnicos para la organización, di­gitalización, descripción, búsqueda y consulta de los archivos de las entidades liquidadas y/o encomendados al Archivo General de la Nación según la legisla­ción y normativa.

3.

Liderar el diseño e implementación de instrumentos y herramientas tecnológicas para la custodia, seguridad y reserva de los fondos documentales de las entidades liquidadas y/o encomendados al Archivo General de la Nación.

4.

Administrar, custodiar y conservar los archivos de las entidades liquidadas y/o encomendados al Archivo General de la Nación según la legislación y normativa.

5.

Disponer la documentación de los archivos de las entidades liquidadas y/o enco­mendados al Archivo General de la Nación, para la consulta de las autoridades judiciales y las demás instituciones públicas o privadas autorizadas por la ley, que así lo requieran.

6.

Expedir certificaciones, informes y copias de los documentos que reposan en los fondos documentales de las entidades liquidadas y/o encomendados al Archivo General de la Nación, según la legislación y normativa.

7.

Liderar la gestión de consultas realizadas por los entes judiciales u organismos del Estado autorizados por la ley, que requieran certificaciones, informes y co­pias de los documentos que reposan en los fondos documentales de las entidades liquidadas y/o encomendados al Archivo General de la Nación, según la legisla­ción y normativa.

8.

Informar a la Dirección General del AGN, entes judiciales y de control u or­ganismos del Estado autorizados por la ley, sobre los desarrollos y resultados de las actividades de custodia, conservación y acceso y consulta de los fondos documentales de las entidades liquidadas y/o encomendados al Archivo General de la Nación.

9.

Las demás que le asigne la ley o que correspondan a la naturaleza de la depen­dencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 158 de 2022